El Artículo 28 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es una de las disposiciones más extensas, técnicas y dinámicas del texto constitucional. A diferencia de otros preceptos, su objetivo principal no es garantizar un derecho humano específico, sino regular el funcionamiento económico del Estado mexicano bajo los principios de libre competencia, prohibición de monopolios, eficiencia del mercado y protección al consumidor.

En esencia, el artículo busca que la economía funcione de manera equilibrada, impidiendo los abusos de poder económico que puedan afectar a los ciudadanos, a las empresas o al propio Estado. Se trata de una norma que articula el compromiso de México con un modelo económico liberal con responsabilidad social, donde la iniciativa privada es bienvenida, pero siempre bajo el marco de la ley y en beneficio del interés público.

La relevancia del Artículo 28 radica en su función de garantizar que la economía no sea dominada por unos pocos, preservando la equidad, la competencia y la libertad de los agentes económicos. Su evolución histórica refleja los cambios ideológicos, políticos y tecnológicos del país: del proteccionismo postrevolucionario al libre mercado del siglo XXI.

Orígenes y evolución histórica del Artículo 28

El Artículo 28 tiene raíces que se remontan a la Constitución de 1857, donde ya se mencionaba la prohibición de monopolios y privilegios. Sin embargo, en aquel entonces la economía mexicana era fundamentalmente agraria y poco industrializada, por lo que el concepto de “monopolio” no tenía aún el peso que adquiriría más adelante.

Fue hasta la Constitución de 1917 —fruto de la Revolución Mexicana— que el artículo cobró una nueva dimensión. Los constituyentes de Querétaro entendieron que la concentración del poder económico podía ser tan peligrosa como la concentración del poder político. En consecuencia, el texto original del Artículo 28 estableció de manera clara que “en México quedan prohibidos los monopolios y las prácticas que impidan la libre competencia en la industria y el comercio”.

A lo largo del siglo XX, este precepto fue reformado en varias ocasiones para adaptarse a la realidad económica. Desde los años setenta, con la nacionalización de sectores estratégicos como el petróleo y la banca, hasta la apertura comercial de los noventa y la creación de órganos autónomos como la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) y el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), el artículo ha evolucionado de un enfoque proteccionista a uno moderno, basado en la regulación y el equilibrio entre el Estado y el mercado.

El espíritu del artículo: equilibrio entre libertad económica y justicia social

El Artículo 28 busca evitar los abusos del poder económico que dañan al consumidor, impiden la innovación o afectan la equidad. En palabras sencillas, su misión es garantizar que la economía funcione como un campo de juego justo, donde todas las personas y empresas tengan oportunidades similares para competir.

Sin embargo, el artículo también reconoce que existen actividades estratégicas del Estado que, por su naturaleza, no pueden quedar en manos privadas. Por eso establece excepciones a la prohibición de monopolios, en áreas como:

  • Moneda y emisión de billetes (Banco de México).

  • Correos y telégrafos.

  • Energía nuclear.

  • Hidrocarburos (a través de Petróleos Mexicanos).

  • Generación y transmisión eléctrica.

Estas áreas se consideran “monopolios legales”, es decir, reservas del Estado justificadas por el interés público y la seguridad nacional.

De este modo, el Artículo 28 no es una defensa ciega del mercado, sino una búsqueda de equilibrio entre libertad económica y bienestar colectivo.

La libre competencia como principio constitucional

La libre competencia es el corazón del Artículo 28. Se entiende como el derecho de los agentes económicos a participar en el mercado en igualdad de condiciones, sin barreras artificiales, colusiones o prácticas que perjudiquen al consumidor.

En términos jurídicos, la libre competencia implica:

  • Que los precios se determinen por oferta y demanda.

  • Que las empresas compitan mediante calidad, innovación y eficiencia.

  • Que se prohíban los acuerdos para fijar precios o repartirse mercados.

La libre competencia beneficia directamente a los ciudadanos, ya que promueve productos de mejor calidad, precios justos y mayor variedad. Asimismo, fomenta la productividad y atrae inversiones, lo que fortalece el desarrollo económico nacional.

El combate a los monopolios: una lucha permanente

Los monopolios, monopsonios y prácticas anticompetitivas son los principales enemigos de la economía sana. Un monopolio surge cuando una sola empresa o grupo controla la oferta de un bien o servicio, limitando la competencia y manipulando los precios.

El Artículo 28 prohíbe tajantemente los monopolios y las prácticas que impidan la libre competencia, pero permite excepciones cuando se trate de servicios públicos o áreas estratégicas del Estado. Esta distinción es clave: no todos los monopolios son ilegales, pero todos deben justificarse en el interés colectivo.

Ejemplo clásico: Petróleos Mexicanos (PEMEX), durante décadas, fue un monopolio estatal legítimo en la exploración y explotación de hidrocarburos, protegido por el Artículo 27. Con la reforma energética de 2013, ese monopolio se transformó en un modelo mixto, donde el Estado conserva el dominio del subsuelo pero permite la participación privada bajo regulación.

La COFECE: guardiana de la competencia económica

En 2013, la reforma constitucional creó a la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) como un organismo constitucional autónomo, encargado de aplicar las disposiciones del Artículo 28. Su misión es prevenir, investigar y sancionar las prácticas monopólicas, así como promover una competencia efectiva en todos los sectores económicos.

La COFECE tiene facultades para:

  • Imponer multas a empresas coludidas.

  • Rechazar fusiones que afecten la competencia.

  • Emitir dictámenes sobre reformas o concesiones.

  • Denunciar prácticas anticompetitivas ante el Poder Judicial.

Casos recientes, como las sanciones a empresas del sector farmacéutico, energético o transporte aéreo, muestran la relevancia práctica del artículo y la autonomía de la COFECE.

El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT): garante de la competencia en medios y telecomunicaciones 📡

El IFT, también derivado del Artículo 28, supervisa el correcto funcionamiento de las telecomunicaciones y la radiodifusión en México. Su papel es esencial en un país donde el acceso a la información y la conectividad se consideran derechos fundamentales.

Entre sus funciones destacan:

  • Regular concesiones de radio, televisión y servicios digitales.

  • Garantizar que ningún grupo concentre el control mediático.

  • Promover la pluralidad y diversidad de contenidos.

  • Sancionar prácticas de concentración en telefonía o internet.

Gracias a la labor del IFT, México ha avanzado en la expansión del acceso a internet, la portabilidad numérica y la reducción de tarifas, aunque todavía enfrenta retos en materia de cobertura rural y neutralidad digital.

La función social de la economía: crecimiento con justicia

El Artículo 28 no se limita a la competencia: incorpora también una visión de justicia social y desarrollo equitativo. En su parte final, establece que el Estado debe fomentar la actividad económica a través de políticas que promuevan el empleo, la inversión y el desarrollo regional equilibrado.

Así, el artículo vincula la economía con los derechos humanos, pues la libre competencia no tiene sentido si no se traduce en bienestar para la población. Este enfoque se alinea con los principios de la Nueva Escuela Constitucional mexicana, que busca armonizar el desarrollo económico con la dignidad humana, la sustentabilidad y la equidad.

Contexto mundial: competencia global y regulación económica 🌍

En el contexto internacional, la libre competencia es un pilar de las economías modernas. Organismos como la OCDE y la ONU promueven marcos jurídicos similares para evitar prácticas anticompetitivas a nivel global.

Países como Estados Unidos cuentan con leyes antimonopolio desde finales del siglo XIX (por ejemplo, la Sherman Antitrust Act de 1890). En la Unión Europea, la Comisión Europea sanciona fuertemente las prácticas de colusión y abuso de posición dominante, con multas que pueden superar los mil millones de euros.

México, al reformar el Artículo 28 y crear organismos autónomos, se integró a este modelo de regulación moderna, fortaleciendo su credibilidad ante inversionistas y socios comerciales como parte del T-MEC (Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá).

Contexto latinoamericano: los retos de la competencia económica

En América Latina, la libre competencia enfrenta desafíos estructurales: concentración empresarial, corrupción y falta de independencia institucional.

México ha sido pionero en la región al dotar de autonomía constitucional a sus órganos reguladores. Sin embargo, países como Chile o Colombia han desarrollado experiencias destacadas en la aplicación efectiva de sanciones y en la promoción de mercados más competitivos.

El reto común en la región es lograr que la competencia no solo beneficie a los grandes corporativos, sino también a los pequeños y medianos empresarios, así como al consumidor final.

Ejemplos prácticos de aplicación del Artículo 28

Un caso ilustrativo fue la reforma en el sector de telecomunicaciones (2013), donde empresas dominantes fueron obligadas a compartir su infraestructura con competidores. Esta medida, sustentada en el Artículo 28, redujo los costos de telefonía móvil e internet, beneficiando directamente a millones de usuarios.

Otro ejemplo se dio en el sector energético, donde la apertura controlada a la competencia busca generar eficiencia y reducir la dependencia estatal, aunque sigue siendo un tema de debate político.

En el ámbito financiero, la regulación de las comisiones bancarias y el impulso a la competencia digital también tienen sustento en este artículo.

El papel del Banco de México y las instituciones financieras

El Artículo 28 también reconoce al Banco de México como una institución autónoma del Estado, responsable de emitir moneda, controlar la inflación y preservar el poder adquisitivo.

Su autonomía garantiza que las decisiones de política monetaria no dependan de presiones políticas, sino de criterios técnicos. Este modelo ha sido fundamental para la estabilidad económica del país desde la década de los noventa.

Asimismo, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) y la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (CONDUSEF) complementan el marco de defensa de la competencia y transparencia económica.

Estado actual y retos del Artículo 28 en México

A más de un siglo de su promulgación, el Artículo 28 sigue siendo un pilar del equilibrio económico mexicano. No obstante, enfrenta nuevos retos derivados de la economía digital, las plataformas tecnológicas y la inteligencia artificial.

Hoy surgen preguntas como:

  • ¿Cómo regular monopolios digitales como Amazon, Google o Meta en el contexto mexicano?

  • ¿Cómo garantizar la competencia en mercados virtuales donde las barreras tecnológicas sustituyen las físicas?

La respuesta se encuentra en la evolución constante del propio artículo y en la capacidad del Estado para adaptar su marco jurídico a las nuevas realidades del siglo XXI.

Conclusión: el Artículo 28, guardián de la equidad económica mexicana

El Artículo 28 Constitucional no solo regula la economía; protege la justicia, la libertad y el bienestar colectivo. Es la garantía de que México sea una nación donde el mercado sirva a las personas, y no las personas al mercado.

Su importancia radica en su equilibrio: reconoce el valor de la libre empresa, pero también la obligación del Estado de intervenir cuando el poder económico amenaza el bien común.

El artículo se mantiene vigente porque representa una idea esencial: que la riqueza y el progreso deben distribuirse con equidad, responsabilidad y ética.

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