El Artículo 9 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos es una de las piedras angulares del sistema democrático nacional, pues reconoce el derecho de asociación y reunión pacífica con fines lícitos. Este derecho no solo permite a los ciudadanos organizarse en grupos, sindicatos, partidos políticos o asociaciones civiles, sino que también garantiza la libertad de manifestarse públicamente para expresar demandas sociales, culturales, económicas o políticas.
Lejos de ser un artículo meramente formal, el derecho que consagra ha sido protagonista en algunos de los momentos más importantes de la historia de México, desde la conformación de sindicatos obreros hasta las movilizaciones estudiantiles y las luchas por derechos humanos y civiles. En este texto exploraremos su evolución histórica, impacto en la vida social, comparaciones internacionales y su situación actual en México.
Origen histórico del derecho de asociación en México
El derecho de reunión y asociación tiene antecedentes en los movimientos independentistas del siglo XIX. Durante el virreinato, cualquier reunión con fines políticos era considerada sospechosa de conspiración. Con la Constitución de 1824, México comenzó a reconocer tímidamente ciertas libertades, aunque de manera limitada.
Fue hasta la Constitución de 1857 cuando se estableció explícitamente el derecho de asociación pacífica, reflejando la influencia de las corrientes liberales de Europa y Estados Unidos. Este reconocimiento se consolidó en la Constitución de 1917, en su Artículo 9, que no solo reconoció el derecho, sino que además lo distinguió como una garantía individual y colectiva fundamental.
Texto actual del Artículo 9
El artículo establece:
«No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada tiene derecho de deliberar. No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta, una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee.»
Este texto resume tres principios:
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El derecho a asociarse y reunirse pacíficamente con cualquier fin lícito.
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La reserva de los asuntos políticos exclusivamente a ciudadanos mexicanos.
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La prohibición de disolver reuniones pacíficas que tengan fines legítimos, siempre que no recurran a violencia o amenazas.
Evolución del derecho de reunión y asociación
A lo largo de la historia mexicana, este derecho ha pasado por diferentes etapas:
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Siglo XIX: asociaciones políticas liberales y conservadoras, además de los primeros sindicatos obreros.
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Porfiriato: represión sistemática a las organizaciones opositoras, como la huelga de Cananea (1906) y la huelga de Río Blanco (1907).
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Posrevolución: surgimiento de sindicatos y organizaciones campesinas, muchas de ellas vinculadas al Estado.
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Movimientos sociales del siglo XX: el movimiento estudiantil de 1968 marcó un antes y un después en el ejercicio de este derecho.
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Actualidad: asociaciones civiles y colectivos en temas de derechos humanos, medio ambiente, igualdad de género y diversidad sexual ejercen este derecho como forma de incidencia política y social.
Ventajas sociales y democráticas
El derecho de reunión y asociación trae consigo múltiples beneficios:
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Participación ciudadana activa: permite a la sociedad organizarse para influir en decisiones públicas.
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Pluralidad política: fomenta la existencia de partidos, movimientos y organizaciones diversas.
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Defensa de derechos humanos: colectivos y ONG utilizan este derecho para visibilizar problemáticas.
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Fomento de la solidaridad social: posibilita la creación de asociaciones culturales, deportivas y educativas que enriquecen la vida comunitaria.
Ejemplo: el surgimiento de colectivos feministas en México que, al amparo del Artículo 9, han logrado visibilizar la violencia de género y presionar por reformas legales a favor de las mujeres.
Casos prácticos en México
Un ejemplo emblemático fue el movimiento estudiantil de 1968, donde los jóvenes ejercieron el derecho de reunión pacífica para exigir libertades políticas y mayor apertura democrática. Aunque el Estado respondió con represión, el movimiento transformó la vida política nacional.
Otro caso contemporáneo son las marchas del orgullo LGBT+, que bajo este derecho se realizan cada año en múltiples ciudades mexicanas, convirtiéndose en una manifestación de libertad, inclusión y exigencia de igualdad.
En el ámbito laboral, los sindicatos han usado este derecho para organizar huelgas legales que buscan mejorar las condiciones de los trabajadores, como la huelga de mineros en Cananea en 2007.
Comparación con el contexto mundial
En el mundo, el derecho de reunión pacífica está protegido por tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (artículo 21).
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En Estados Unidos, la Primera Enmienda protege las reuniones pacíficas, siempre que no atenten contra el orden público.
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En Francia, la tradición de manifestaciones masivas está profundamente arraigada, especialmente en temas laborales.
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En Alemania, la Ley Fundamental reconoce este derecho, pero con regulaciones claras para proteger la seguridad pública.
Estos ejemplos muestran que el derecho de asociación es un pilar común en las democracias modernas, aunque su ejercicio varía según los contextos políticos y culturales.
Contexto latinoamericano
En América Latina, el derecho de reunión ha sido clave en procesos de democratización. En países como Chile, fue fundamental para la transición tras la dictadura de Pinochet. En Argentina, las manifestaciones pacíficas ayudaron a visibilizar los crímenes de la dictadura militar.
En México, aunque el marco jurídico es sólido, el reto ha sido la violencia contra manifestantes y la represión en protestas. A pesar de ello, la sociedad ha defendido con firmeza este derecho, convirtiéndolo en una herramienta esencial para la exigencia de justicia y derechos.
Herramientas y recursos de apoyo
Existen múltiples herramientas legales y sociales que apoyan el ejercicio del Artículo 9:
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Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH): documenta abusos en manifestaciones.
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Organizaciones civiles como Amnistía Internacional o Artículo 19: dan acompañamiento a colectivos en riesgo.
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Redes sociales digitales: se han convertido en una extensión moderna del derecho de reunión, permitiendo organizar y difundir protestas.
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Tratados internacionales ratificados por México, que refuerzan la obligación de respetar y proteger este derecho.
Estado actual del derecho de reunión en México
En la actualidad, México enfrenta un escenario dual. Por un lado, se realizan marchas, protestas y reuniones pacíficas todos los días, lo que demuestra una sociedad activa y organizada. Por otro, persisten casos de represión, criminalización de la protesta y violencia contra líderes sociales.
Las manifestaciones feministas, las marchas por Ayotzinapa o las protestas magisteriales son ejemplos de cómo la sociedad ejerce este derecho, pero también de cómo el Estado, en ocasiones, responde con violencia.
El desafío es lograr un equilibrio entre el respeto al derecho de reunión y la protección del orden público, sin criminalizar la protesta social.
El Artículo 9 constitucional es mucho más que un precepto jurídico: es la base que permite a los mexicanos unirse, expresarse y exigir cambios sociales. Gracias a este derecho, la democracia mexicana respira, evoluciona y se transforma constantemente.
En un país con grandes retos de justicia, igualdad y transparencia, la defensa del derecho de asociación y reunión es esencial para mantener viva la voz ciudadana y fortalecer el Estado de Derecho.
En Ocampo Sáenz Abogados defendemos los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Si tú, tu comunidad o tu organización enfrentan obstáculos en el ejercicio del derecho de reunión, asociación o protesta pacífica, confía en nuestra experiencia y compromiso.
Ocampo Sáenz Abogados: porque tu derecho a organizarte y ser escuchado merece respeto y protección.
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