La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como máxima norma jurídica del país, refleja los principios fundamentales sobre los cuales se organiza y rige la vida nacional. En este entramado constitucional, el Artículo 4° ocupa un lugar de relevancia crucial, ya que establece derechos fundamentales relacionados con la igualdad entre hombres y mujeres, el derecho a la salud, a un medio ambiente sano, el derecho al agua, a una alimentación adecuada, a la vivienda digna, a la identidad personal, a la libertad reproductiva, así como a la protección de la familia y el interés superior de la niñez.
Este artículo es mucho más que una disposición jurídica: es el reflejo de la evolución del pensamiento social, político y legal en México y del compromiso por construir un Estado que garantice condiciones mínimas de bienestar, dignidad y equidad para todas las personas.
Evolución histórica del Artículo 4
Cuando la Constitución fue promulgada en 1917, el Artículo 4 contenía un solo enunciado: la declaración de que “el varón y la mujer son iguales ante la ley”. Esta formulación, en su momento, representó un avance importante frente al contexto patriarcal que predominaba no solo en México, sino en la mayoría de los países del mundo.
Sin embargo, el paso del tiempo, los movimientos sociales, los tratados internacionales en materia de derechos humanos y las exigencias sociales provocaron una transformación radical del contenido del artículo. A lo largo de los años se han realizado múltiples reformas para incluir nuevos derechos sociales y económicos, así como para dar prioridad a sectores históricamente marginados o vulnerables.
Las reformas más destacadas incluyen la incorporación del derecho a la salud (1983), el derecho a la planificación familiar (1983), el reconocimiento de los derechos de los niños (2000), el derecho al agua (2012), a una alimentación nutritiva (2011), al medio ambiente sano (1999) y al acceso a una vivienda digna (1993).
Derechos establecidos en el Artículo 4
El contenido actual del Artículo 4 refleja un enfoque de derechos sociales integrales, basado en la dignidad humana y en la necesidad de garantizar condiciones mínimas de desarrollo para todas las personas, sin importar su origen, género, orientación sexual o condición económica.
Igualdad entre hombres y mujeres
El Artículo 4 comienza estableciendo la igualdad entre el varón y la mujer ante la ley. Este principio implica la prohibición de cualquier forma de discriminación por razones de género y constituye la base legal para el desarrollo de políticas públicas con perspectiva de género.
Gracias a este principio, en México se han implementado leyes como la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. También se ha fortalecido la paridad de género en cargos públicos y se han desarrollado programas para reducir brechas en educación, empleo, justicia y salud.
Derecho a la salud
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. El Estado tiene la obligación de organizar un sistema de salud que brinde servicios accesibles, de calidad y universales, especialmente para las personas sin seguridad social.
Este derecho ha sido clave para el desarrollo de instituciones como el IMSS, el ISSSTE y, más recientemente, el IMSS-Bienestar. También es fundamental para establecer el acceso a medicamentos, atención a enfermedades crónicas, salud sexual y reproductiva, y programas de vacunación masiva.
Derecho al agua
El agua es reconocida como un derecho humano desde la reforma de 2012. Esto implica que todas las personas deben tener acceso equitativo y sustentable al agua en condiciones de calidad y cantidad suficientes para su consumo y desarrollo.
Esto ha influido en políticas públicas como la creación de sistemas de captación de agua de lluvia, redes de distribución en zonas marginadas, y proyectos de conservación de mantos acuíferos. El acceso al agua ya no se considera solo un servicio, sino un derecho humano esencial.
Derecho a un medio ambiente sano
Desde 1999 se reconoce el derecho de toda persona a un medio ambiente sano. Este derecho no solo protege la calidad de vida de las personas en el presente, sino que también impone una responsabilidad intergeneracional para preservar el entorno natural.
Gracias a esta disposición, se han impulsado leyes ambientales, regulaciones para la industria, políticas contra el cambio climático y protección de áreas naturales. El deterioro ambiental ahora puede considerarse una violación de derechos humanos.
Derecho a la alimentación
Desde 2011, la Constitución garantiza el derecho a una alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. Este principio respalda los programas de alimentación escolar, los subsidios a productos básicos y las estrategias de combate a la desnutrición.
Este derecho es especialmente importante en un país donde millones de personas padecen inseguridad alimentaria, obesidad infantil o problemas de malnutrición.
Derecho a una vivienda digna
Toda familia tiene derecho a disfrutar de una vivienda digna y decorosa. Este principio sustenta programas como el INFONAVIT, FOVISSSTE, subsidios federales, y acciones para mejorar las condiciones de asentamientos urbanos irregulares.
La vivienda no se considera solo como una estructura física, sino como el espacio donde se desarrolla la vida familiar, la educación, la salud y la seguridad personal.
Derecho a decidir sobre la reproducción
El Artículo 4 también reconoce el derecho de todas las personas a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y espaciamiento de sus hijos, lo que refuerza el respeto a la autonomía corporal, la salud reproductiva y los derechos sexuales.
Esto se ha traducido en campañas de salud sexual, distribución gratuita de anticonceptivos, acceso a la información científica y protección frente a la violencia obstétrica.
Derecho a la identidad
Este derecho establece que toda persona debe ser registrada al nacer y tener acceso a documentos que acrediten su identidad, como acta de nacimiento, CURP y credencial para votar. Este principio es crucial para garantizar la inclusión en servicios de salud, educación, empleo y justicia.
Interés superior de la niñez
Una parte fundamental del artículo establece que en todas las decisiones del Estado se debe considerar el interés superior de la niñez, es decir, el bienestar físico, emocional, educativo y familiar de los niños debe tener prioridad sobre cualquier otro interés.
Contexto mundial
A nivel internacional, la tendencia moderna del derecho constitucional ha sido incorporar una amplia gama de derechos sociales como parte fundamental de los catálogos de derechos humanos. Constituciones como la de Sudáfrica, Colombia, Ecuador, España y Alemania han avanzado en reconocer estos derechos como exigibles judicialmente.
Organismos como la ONU, la OMS, la UNICEF y la OEA han promovido la adopción de estos principios y han calificado como “retrocesos graves” las políticas que limiten estos derechos. El derecho al agua, a la salud y al medio ambiente sano se consideran indispensables para alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Enfoque latinoamericano
En América Latina, países como Argentina, Uruguay, Chile y Costa Rica han establecido, mediante sus constituciones o jurisprudencia, el reconocimiento progresivo de derechos sociales. México ha seguido esta tendencia, aunque enfrenta desafíos importantes en su implementación.
El problema no es tanto el reconocimiento formal de los derechos, sino su efectividad práctica, ya que muchas comunidades marginadas carecen de acceso real a servicios básicos, lo que representa una deuda histórica del Estado mexicano con sus ciudadanos.
Realidad mexicana
A pesar de los avances legislativos, persisten retos estructurales para garantizar los derechos del Artículo 4. El acceso a la salud sigue siendo desigual entre regiones; millones carecen de vivienda digna; el agua potable aún no llega a todas las comunidades; y las mujeres enfrentan obstáculos reales para ejercer sus derechos reproductivos.
La niñez sufre violaciones graves a sus derechos, como trabajo infantil, desnutrición o falta de educación. El medio ambiente sufre severas afectaciones por megaproyectos, tala ilegal y falta de normativas ambientales eficientes.
No obstante, el Artículo 4 se mantiene como una base poderosa de exigencia ciudadana y como una guía para la elaboración de políticas públicas que promuevan una sociedad más equitativa, justa y sostenible.
Aplicaciones prácticas y casos destacados
Ejemplo 1: En 2018, una familia de Oaxaca obtuvo un amparo para exigir al gobierno municipal el acceso al agua potable, con base en el derecho constitucional establecido en el Artículo 4. La SCJN falló a favor, reconociendo que negar el servicio de agua era una violación directa de derechos humanos.
Ejemplo 2: Diversas organizaciones han utilizado este artículo para demandar acceso a servicios de salud materna en comunidades indígenas, obteniendo sentencias que obligan a las autoridades sanitarias a implementar clínicas con personal capacitado.
Ejemplo 3: En materia de vivienda, existen resoluciones judiciales que han obligado a municipios a reubicar a personas que vivían en zonas de riesgo, reconociendo el derecho a una vivienda segura y digna.
Herramientas legales y recursos
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Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)
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Amparo directo en caso de violación de derechos sociales
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Programas federales y estatales de vivienda, salud y bienestar
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Normas oficiales mexicanas (NOM) que desarrollan técnicamente los derechos
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Tratados internacionales firmados por México (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales)
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Jurisprudencia de la Suprema Corte
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